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Los derechos de las víctimas

 

No se hablar con imparcialidad de los violadores. La presunción de inocencia en su caso, sobre todo cuando han sido condenados por violación y excarcelados sin haber cumplido ni una ínfima parte de la condena,  me parece pura hipocresía. Si se multiplican los años por los delitos cometidos y luego se reducen a los 30 máximos establecidos por Ley y a partir de ahí se descuenta tiempo por toda suerte de circunstancias…¿qué más da violar o matar a uno que a diez ,si al final la pena queda en lo mismo? Desconozco si un asesino que mata por placer y no por el descontrol que provoca la venganza es capaz de “curarse” entre barrotes, pero creo firmemente que los violadores de mayores o niños no.  Y a las pruebas me remito. Hace poco hablaba en esta misma columna del “presunto” pederasta de Ciudad Lineal. Reincidente. Y ahora hablo del “violador del portal , Pablo García Ribado ,“presunto” autor de varios delitos de abusos sexuales en la actualidad, pero igual de culpable que el anterior si atendemos a su condena previa, que ascendió en 1996, cuando fue juzgado, a un total de 1.721 años de prisión, por 74 violaciones, seis agresiones sexuales y diez delitos de robo. El castigo se saldó con 17 años de prisión, tras la derogación de la doctrina Parot que le hubiera exigido 27.  Está claro que ni la de 14, ni la de 27, me atrevo a decir, hubiesen sido penas suficientes para un criminal de sus características. Y se que lo digo yo, pero que lo piensan muchos. Entonces ¿por qué no se reclama una reforma del Código Penal que respete los derechos de los violadores pero antes, por Dios, los de las víctimas?

 

La Razón

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